¿Tu empresa se acerca a los 6 millones de euros de facturación, se ha inscrito en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME) o forma parte de un grupo de IVA? En cualquiera de estos casos, el calendario fiscal deja de medirse en meses para medirse en días.
El Suministro Inmediato de Información (SII) obliga a llevar los libros registro del IVA de forma electrónica y a enviar los datos de facturación a la Agencia Tributaria en plazos breves. No es una declaración adicional, sino una forma distinta de gestionar los registros del IVA que afecta directamente al trabajo diario del equipo financiero.
En esta guía encontrarás qué es el SII, quién está obligado a utilizarlo, cómo funciona el envío de información a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), cuáles son los plazos generales, qué modelos dejan de presentarse y cómo se relaciona el SII con VeriFactu y la factura electrónica B2B.
Qué es el Suministro Inmediato de Información (SII)
El SII es un sistema de llevanza electrónica de los libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT. Mediante este sistema, las empresas y profesionales incluidos remiten determinados registros de facturación con mucha mayor frecuencia que en un sistema de cierre periódico.
El SII está en vigor desde el 1 de julio de 2017. No es un modelo adicional ni una declaración nueva. Es una forma distinta de llevar los libros registro del IVA: en lugar de acumular la información para revisarla al final del periodo, la empresa debe mantener sus registros actualizados y enviarlos dentro de los plazos establecidos.
Este cambio afecta especialmente a la gestión de las facturas recibidas. El equipo financiero necesita capturar, revisar y registrar la documentación de forma continua, con controles que permitan detectar errores antes de enviar la información a la AEAT.
Quién está obligado a utilizar el SII
El SII se aplica, entre otros casos, a los sujetos pasivos del IVA que tienen obligación de presentar autoliquidaciones con periodicidad mensual. La AEAT identifica actualmente cuatro grandes categorías:
Grandes empresas.
Empresas inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).
Entidades acogidas al régimen especial del grupo de entidades del IVA.
Determinados titulares y extractores de productos de depósitos fiscales de hidrocarburos.
Las categorías obligadas por ley
Categoría | Base de la obligación |
|---|---|
Grandes empresas | Volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en el año anterior |
REDEME | Inscripción voluntaria en el Registro de Devolución Mensual del IVA para agilizar las devoluciones |
Grupos de IVA | Aplicación del régimen especial del grupo de entidades |
Depósitos fiscales de hidrocarburos | Titularidad de un depósito fiscal de hidrocarburos, o extracción de determinados productos de dichos depósitos |
La obligación puede variar según la situación fiscal de la empresa y la administración tributaria competente. Consulta siempre la información actualizada de la AEAT antes de determinar si tu empresa debe incorporarse al SII.
Adhesión voluntaria y territorios forales
Los sujetos pasivos que no estén obligados pueden optar voluntariamente por el SII mediante el procedimiento previsto por la AEAT, normalmente a través del modelo 036. La opción está sujeta a condiciones de permanencia y renuncia que deben comprobarse para el ejercicio correspondiente.
El País Vasco y Navarra cuentan con haciendas forales y sistemas tributarios propios. Como regla general, el SII estatal no se aplica automáticamente a todas las empresas domiciliadas en esos territorios. Sin embargo, determinados empresarios pueden quedar sujetos al SII estatal cuando superan el volumen de operaciones establecido y realizan una parte suficiente de sus operaciones en territorio común.
Las reglas territoriales pueden ser complejas. Si tu empresa opera entre territorio común y territorio foral, revisa la situación con la AEAT o con la administración foral correspondiente.
Qué ocurre al superar el umbral de gran empresa
El volumen de operaciones se analiza con referencia al año anterior. Superar el umbral durante un año natural puede hacer que la empresa adquiera la condición de gran empresa a efectos tributarios a partir del ejercicio siguiente, con los cambios que correspondan en sus obligaciones fiscales.
Por eso, las empresas en crecimiento deberían revisar su volumen de operaciones antes del cierre del ejercicio y comprobar con antelación qué obligaciones podrían aplicarles.
Cómo funciona el SII
El SII se basa en el envío electrónico de los registros incluidos en los libros registro del IVA. Entre ellos se encuentran:
Libro registro de facturas expedidas.
Libro registro de facturas recibidas.
Libro registro de bienes de inversión.
Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.
La información se envía normalmente mediante servicios web basados en mensajes XML. Para un número reducido de operaciones también puede utilizarse un formulario web de la AEAT.
La empresa no envía necesariamente una copia completa de cada factura. El suministro se basa en los campos de registro exigidos, como la identificación de las partes, la fecha, la base imponible, el tipo de IVA y la cuota, según corresponda a cada operación.
Una vez enviado el registro, el equipo puede consultar la información en la Sede electrónica y corregir los errores siguiendo el procedimiento aplicable. La calidad de los datos de origen es, por tanto, fundamental.
Esto cambia especialmente el tratamiento de las facturas recibidas. Una factura pendiente de captura o con datos incompletos puede retrasar el registro y complicar el cumplimiento del plazo de suministro.
Los plazos del SII
El plazo general para enviar los registros es de cuatro días naturales, aunque existen reglas diferentes según el tipo de operación.
Para las facturas recibidas, el registro debe enviarse en un plazo general de cuatro días naturales desde la fecha en que se produzca su registro contable. Además, debe enviarse antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en el que se haya incluido la operación.
Para las facturas expedidas, el plazo general es también de cuatro días naturales, pero contados desde la fecha de expedición. Cuando la factura la expide el destinatario o un tercero, el plazo puede ampliarse a ocho días naturales.
En el cómputo de los plazos se excluyen los sábados, los domingos y los festivos nacionales. Las operaciones intracomunitarias y otros supuestos específicos pueden tener reglas propias.
La fecha de registro contable es especialmente importante para las facturas recibidas. Retrasar la revisión o la contabilización no elimina la obligación de suministro y puede reducir el margen disponible para detectar y corregir errores.
Cómo preparar las facturas para el SII
Cumplir los plazos del SII requiere un proceso diario de cuentas por pagar. Un flujo de trabajo adecuado puede incluir:
Captura de la factura: recibir el documento por el canal establecido y asociarlo al proveedor correspondiente.
Extracción de datos: identificar los campos necesarios, como proveedor, fecha, número de factura, importe y datos de IVA.
Validación: revisar que los datos sean completos y coherentes con la operación.
Aprobación: aplicar los controles internos y las aprobaciones necesarias.
Registro contable: contabilizar la factura en el periodo que corresponda.
Suministro: enviar el registro a la AEAT dentro del plazo aplicable.
Seguimiento: consultar el resultado del envío y corregir los registros cuando sea necesario.
Dentro de este flujo, Spendesk puede ayudar en los primeros pasos: centraliza la recepción de facturas de proveedores, extrae los datos mediante OCR y los organiza por proveedor, importe y tipo de IVA, y dirige cada documento al flujo de aprobación configurado. También puede facilitar la exportación de esta información a herramientas contables de la empresa.
Lo que ocurre después, el registro contable dentro del plazo, el suministro a la AEAT y el seguimiento del resultado, sigue dependiendo del sistema contable y del equipo financiero. Spendesk no sustituye la revisión fiscal ni implica por sí mismo el envío de los registros del SII a la AEAT.
Qué modelos deja de presentar una empresa que está en el SII
Las empresas incluidas en el SII quedan exoneradas de presentar el modelo 347 y el modelo 390, siempre que cumplan las condiciones aplicables.
La información del resumen anual del IVA no desaparece completamente. En determinados casos, la empresa debe completar información adicional en el modelo 303 correspondiente al último periodo del ejercicio.
El SII tampoco elimina todas las obligaciones fiscales de la empresa: los modelos que la empresa deba presentar dependerán de su actividad, régimen fiscal, operaciones y situación concreta.
El modelo 303 para quienes están en el SII
Las empresas acogidas al SII presentan el modelo 303 con periodicidad mensual. El plazo general es del día 1 al 30 del mes siguiente al periodo de liquidación, con las particularidades previstas para el mes de enero y para otros periodos concretos.
Consulta el calendario y las instrucciones actualizadas de la AEAT antes de preparar la autoliquidación.
SII, VeriFactu y factura electrónica B2B
El SII, VeriFactu y la factura electrónica B2B son sistemas distintos, aunque todos están relacionados con la digitalización de la facturación y la información financiera.
SII: regula la llevanza electrónica y el suministro de determinados registros del IVA a la AEAT.
VeriFactu: establece requisitos para los sistemas y programas informáticos que soportan los procesos de facturación.
Factura electrónica B2B: regula el intercambio de facturas electrónicas entre empresarios y profesionales en las operaciones que queden dentro de su ámbito de aplicación.
La factura electrónica B2B ya cuenta con un desarrollo reglamentario específico mediante el Real Decreto 238/2026. No es lo mismo que el SII ni que VeriFactu, y una obligación no sustituye automáticamente a las demás.
Qué relación existe entre SII y VeriFactu
Los sujetos pasivos incluidos en el SII quedan fuera del ámbito de aplicación de VeriFactu en los términos previstos por la normativa. La razón es que ya están sujetos a un sistema específico de suministro electrónico de información de facturación a la AEAT.
Para los contribuyentes incluidos en el ámbito de VeriFactu, el calendario vigente prevé la adaptación de los sistemas de facturación durante 2027, con fechas distintas según el tipo de obligado. Conviene comprobar siempre la normativa y las instrucciones oficiales más recientes.
La factura electrónica B2B tiene un ámbito diferente. Aunque pueda compartir objetivos de digitalización, no debe confundirse con el envío de registros del IVA mediante el SII.
Qué cambia en las cuentas por pagar con el SII
Con el SII, las cuentas por pagar dejan de ser únicamente un proceso administrativo interno. La captura y el registro de cada factura están conectados con una obligación de suministro de información dentro de plazos concretos.
Esto implica que el equipo financiero debe:
Evitar que las facturas se acumulen sin revisar.
Mantener actualizados los datos de proveedores.
Comprobar que el IVA y los importes están correctamente identificados.
Registrar cada factura en el periodo adecuado.
Revisar las facturas rectificativas y los abonos.
Controlar los registros enviados y las posibles correcciones.
Coordinar el trabajo entre compras, cuentas por pagar, contabilidad y asesoría.
Una solución de gestión de facturas y cuentas por pagar puede ayudar a convertir este proceso en un flujo continuo. Con Spendesk las facturas se centralizan y sus datos se extraen automáticamente mediante OCR desde que llegan, en lugar de acumularse sin revisar; y quedan asociadas a la información contable y de IVA correcta antes de dirigirse a aprobación, lo que facilita mantener los registros al día para su exportación. La plataforma ayuda a organizar la información antes del registro, pero la empresa sigue siendo responsable de validar los datos, cumplir sus obligaciones fiscales y realizar el suministro correspondiente a la AEAT.
Cómo preparar tu empresa para el SII
Si tu empresa está obligada o está considerando acogerse voluntariamente al SII, empieza por revisar el proceso completo de facturación y cuentas por pagar.
Revisa la entrada de facturas
Define un canal claro para que los proveedores envíen sus facturas. Centralizar la recepción reduce el riesgo de que un documento quede perdido en una bandeja de correo o en un departamento concreto.
Establece controles de validación
Comprueba los datos del proveedor, el número de factura, la fecha, la base imponible, el IVA y la cuenta contable antes de registrar la operación.
Controla los plazos
El equipo debe saber qué plazo corresponde a cada tipo de factura y operación. Un calendario interno puede ayudar a identificar los documentos pendientes y priorizar los registros próximos a vencer.
Define un proceso para los errores
Establece quién revisa los registros rechazados o que requieren corrección y cómo se documentan los cambios. La trazabilidad facilita el seguimiento y la coordinación con la asesoría.
Revisa las integraciones
Comprueba cómo se transfieren los datos desde la herramienta de gestión de facturas a la contabilidad y qué parte del proceso debe realizarse directamente en la Sede de la AEAT.
Puntos clave
El Suministro Inmediato de Información es un sistema de llevanza electrónica de los libros registro del IVA.
El SII se aplica obligatoriamente a grandes empresas, inscritos en REDEME, grupos de IVA y determinados titulares y extractores de productos de depósitos fiscales de hidrocarburos.
El resto de sujetos pasivos puede acogerse voluntariamente, sujeto a las condiciones y procedimientos aplicables.
El plazo general de suministro es de cuatro días naturales, con reglas específicas para determinados tipos de factura u operación.
Los sábados, domingos y festivos nacionales se excluyen del cómputo de los plazos generales.
Las empresas incluidas en el SII quedan exoneradas de presentar los modelos 347 y 390 en los términos previstos por la normativa.
El SII, VeriFactu y la factura electrónica B2B son sistemas distintos y deben analizarse por separado.
La captura, validación y contabilización diaria de las facturas son esenciales para trabajar con el SII, y una plataforma como Spendesk puede ayudar a que ese ritmo diario sea sostenible en lugar de convertirse en una carga.
Spendesk ayuda a centralizar facturas, extraer datos, organizar información contable y de IVA, gestionar aprobaciones y exportar datos a herramientas contables, de modo que la información llegue lista para cumplir los plazos del SII.
Prepara tus facturas para el SII
El SII exige que las facturas se capturen, revisen y registren de forma continua. Descubre cómo Spendesk puede ayudarte a centralizar la gestión de facturas, configurar aprobaciones y preparar los datos contables para el trabajo diario de tu equipo financiero.
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